Modificaciones del PGOU de Larrabetzu: Sesiones Públicas
El Ayuntamiento de Larrabetzu comienza las modificaciones puntuales del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU). Las sesiones públicas se celebran en abril y mayo. Presentaciones aquí.
- 13 de abril, sobre Aratxabalagana
- 14 de abril, sobre la segregación de los caseríos
- 18 de mayo, sobre el ámbito próximo al caserío Legina Goikoa
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¿QUÉ ES EL PGOU?
Regula todo el término municipal, y en Larrabetzu está vigente desde el año 2017.
El Ayuntamiento de Larrabetzu fue el promotor. Al ser un municipio de menos de 7.000 habitantes, la Aprobación Definitiva dependió de la Diputación Foral de Bizkaia.
El PGOU clasifica el suelo del municipio como urbano, urbanizable y no urbanizable, califica el suelo fijando su uso (viviendas, actividades económicas, dotaciones...) y establece volúmenes (edificabilidad).
En resumen, el PGOU regula qué, dónde y cuánto se puede hacer en el ámbito físico del municipio.
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¿POR QUÉ HAY QUE MODIFICARLO?
Aunque el PGOU regula especialmente la estructura física del municipio (suelo y edificaciones), incide plenamente en el desarrollo económico, social y medioambiental del municipio, siendo necesaria la adaptación del PGOU para intervenir en cuestiones estructurales.
Cronología del PGOU vigente:
- Inicio del proceso de redacción: 2008
- Aprobación inicial: 2014
- Aprobación provisional: 2016
- Aprobación definitiva: 2017
- Texto refundido definitivo: 2019
En la Aprobación Inicial de 2014 se aprobaron los planteamientos surgidos en el proceso de redacción del PGOU iniciado en 2008, y con él las decisiones estructurales, ratificadas en 2016 y 2017, cerrando el proceso de años.
La evolución de la localidad en los últimos años ha puesto sobre la mesa varios temas que el Plan General debe recoger. Dado el carácter estructural de estas cuestiones, la modificación del PGOU es imprescindible para incorporar estos aspectos.
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¿CUÁLES SON LOS OBJETIVOS?
Los objetivos de la modificación del PGOU son:
- La adquisición del ámbito de Aretxabalagana como espacio público, adaptándo así el PGOU a lo establecido por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el Proceso Contencioso-Administrativo 138/2019.
- Recoger la posibilidad de distribuir los caseríos bifamiliares que autorizan las Directrices de Ordenación del Territorio aprobadas en 2019, y al mismo tiempo, elaborar una normativa de reparto de caseríos y un listado de todos los caseríos.
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